Ante las protestas y manifestaciones violentas que se registran en Perú y que, según la Defensoría del Pueblo, ha cobrado la vida de 18 personas, el gobierno no solo decretó el Estado de Emergencia nacional por 30 días; si no, también, un periodo de inmovilización social en 15 provincias del país. Esta última medida, que estaba en evaluación en Consejo de Ministros hasta el último miércoles, finalmente fue oficializada en la edición extraordinaria del diario El Peruano este 15 de diciembre.
¿Qué dice la norma?
Que en las provincias de Virú (La Libertad), Andahuaylas y Chincheros (Apurímac), el denomiando toque de queda se aplicará desde las 18:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del dia siguiente. En las provincias de Ica y Pisco (en Ica), Tayacaja y Angaraes (Huancavelica) y Cangallo (Ayacucho), la medida regirá desde las 19:00 horas hasta las 4:00 a.m. Además, en las provincias de Arequipa, Cusco, La Convención, Chumbivilcas, Espinar, Carabaya y San Román (Puno), el toque de queda se aplicará desde las 20:00 horas hasta las 4:00 a.m.
Inmovilización social, ¿qué implica?
De acuerdo a Liliana Calderón, abogada del Estudio Echecopar, una inmovilización social implica que la libertad de tránsito quedarán suspendidos, aunque ello no significa que las personas pierdan garantías de reclamo ante algún acto arbitrario o abuso de autoridad.
Detalló que si bien se restringen los derechos, siempre permanecen incólumes las garantías constitucionales como el habeas corpus, por ejemplo. Entonces, ante cualquier detención arbitraria, siempre se podrá ejercer el derecho de interponer un habeas corpus para revertir una afectación a la libertad.
De acuerdo a la norma publicada, es la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú quien sustenta (bajo el Oficio Nº 863-2022-CG PNP/SEC), la necesidad de adoptar medidas excepcionales, como la inmovilización social obligatoria en determinados distritos y provincias a nivel nacional, donde se viene produciendo actos de violencia y vandalismo contra las instituciones públicas y privadas, así como agresiones contra la integridad personal de los ciudadanos y autoridades.
¿Qué podrá funcionar durante las horas de toque de queda?
El decreto supremo que lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte, indica que durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia, sobre todo, porque la emergencia sanitaria por el COVID-19 continúa en el país.
Respecto al personal de prensa escrita, radial o televisiva, podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad (DNI) para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
¿Cuántos días regirá el toque de queda?
De acuerdo a la norma, regirá desde el 16 de diciembre del 2022 y tendrá una duración de cinco días calendario, es decir, hasta el 21 de diciembre.
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